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1.- Que hacer, si necesitamos una funeraria: 
 
1.1. En el caso de que no se haya producido el fallecimiento pero nos encontremos ante la fase terminal de un familiar o amigo, decidir con antelación qué funeraria va a encargarse de realizar el servicio, informarse sobre presupuestos y valorar instalaciones y trato humano.

1.2. Tener en cuenta que entre las 24 y las 48 horas del fallecimiento, el cadáver debe inhumarse o incinerarse. En el caso de que sea inhumado tener prevista la compra de nicho o sepultura en el cementerio correspondiente. Si va a ser incinerado, conviene tener pensado el destino de las cenizas: esparcirlas, custodia familiar, sepultura o nicho del cementerio o en el Columbario de Los Jardines.

1.3. Decidir quién o quiénes van a contactar con la empresa funeraria, teniendo en cuenta que deberían ser aquellos que se encuentren en mejores condiciones de ánimo para que sus deseos y necesidades sean bien entendidas por los profesionales que les van a atender.

1.4. Una vez producido el fallecimiento es imprescindible el DNI (original o fotocopia) del finado. Será requerido por el Médico para poder certificar la defunción.

1.5. Valorar entre la familia qué tipo de ceremonia o acto se va a llevar a cabo.
 
2.- La elección de un Tanatorio, es libre:
 
2.1.- Si su familiar fallecido tiene suscrita póliza de decesos con cualquier compañía aseguradora, ha de saber que tanto la normativa legal vigente como el condicionado de las pólizas establecen la libertad de elección de empresa funeraria que le preste los servicios pertinentes.

2.2.- Por lo tanto, acuda usted a la empresa de servicios funerarios que libremente decida.

2.3.-Informe a esta empresa de la existencia del seguro de decesos y de la compañía con la que se ha suscrito la correspondiente póliza.

2.4.- La póliza de decesos obliga a la aseguradora a atender los gastos que se generen por los servicios funerarios que siendo los habituales del lugar se presten a su familiar.

2.5.- En el condicionado de la póliza se establecen todas las obligaciones de la compañía aseguradora, por lo que no es preciso, ni se debe, firmar documento alguno ante ella y menos de renuncia a los derechos que derivados de la misma le asisten.
 
3.- Tengo Alianza Española de Seguros de Decesos:
 
3.1.- Si la edad es menor de 70 años pedir presupuestos a "cualquier" otra compañía, teniendo en cuenta que otras compañías, tambien podrian tener problemas en el corto plazo.

3.2.- Las personas de avanzada edad, que no puedan cambiarse a otra compañía DEBERÁN CONTINUAR PAGANDO SIEMPRE LA PÓLIZA, caso contrario perderán los derechos adquiridos.

3.3.- En el caso de haber varios familiares en la misma póliza, sacar a los más jóvenes y solicitar la correspondiente reducción. En caso de negativa de la compañía, nos veremos obligados a reclamar.

3.4.- Recordar, que este contrato SOLO LO PUEDE ROMPER EL TOMADOR DEL SEGURO, NUNCA LA COMPAÑÍA. Algunos asegurados se han puesto en contacto con AFEALE, informando que no le pasan el recibo de cobro...

3.5.- Pedir justificante al tanatorio donde no nos hacen el servicio.

3.6.- Poner una denuncia en el Juzgado de Guardia a título personal, no es necesario ningún abogado, (en principio no sirve de nada, ya que vendrá rechazada, pero con el tiempo la necesitareis). Seguramente la rechacen por falta de “forma”, pero lo importante es denunciar el hecho: ”NO SE HA REALIZADO EL SERVICIO CONTRATADO”. Creemos que en el futuro, podremos pedir responsabilidades a la Administración.

3.7.- No perder demasiado tiempo con la compañía, (solo el imprescindible). Mandar un fax, o mejor un burofax notificando la reclamación del servicio y por ultimo poner la reclamación a atención al cliente. Lo más probable, es que no nos den la razón, pero es un trámite obligatorio para continuar el ”LARGO” procedimiento.

3.8.- Continuar la reclamación a la Dirección General de Seguros (Hacienda). Esto es lo más importante. Ellos son LOS MÁXIMOS RESPONSABLES DE LO QUE ESTA OCURRIENDO, DESPUÉS DE TANTOS CASOS, DEBERÍAN HABER TOMADO MEDIDAS PARA QUE ESTO NO SUCEDA, EN CAMBIO PARECE QUE LA COMPAÑÍA LE SALE GRATIS ESTA PRÁCTICA… Cuantos mas casos tengan, más motivos tendrán para hacer cumplir su cometido y mayor será su responsabilidad...

3.9.- Lógicamente, cada uno es libre de acudir a un abogado. Esto tiene muchas ventajas y el correspondiente coste. La eficacia es la misma, si lo hacemos por nosotros mismos, claro que nos dará más trabajo… cada cual decide. 

3.10.- Muy importante, es tener presente que la VALORACIÓN DE LA PÓLIZA, beneficia a la compañía. Lo contratado no es una indemnización, sino un SERVICIO URGENTE QUE NOS NEGARON. Lo aconsejado por AFEALE, ES QUE CUANDO COBREMOS LA VALORACIÓN, continuemos con el proceso, con ello ayudaremos a evitar que la compañía repita los hechos a futuros afectados y a que se RECONOZCA LA DIGNIDAD QUE NOS ROBARON...

3.11.- SI NOS MANTENEMOS UNIDOS, SERÁ MUY SENCILLO EXIGIR RESPONSABILIDADES A QUIEN CORRESPONDA… 

3.12.- PACIENCIA Y CONSTANCIA. LOS HECHOS NO CADUCAN (siempre y cuando el procedimiento se inicie antes de los dos años), Y LOS INTERESES DE DEMORA NOS CORRESPONDEN.

3.13.- Ayudarnos a correr la voz... GRACIAS

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